-La marca de franquicia es el activo por el que ordena el contrato de franquicia y se derivan derechos y obligaciones del franquiciador hacia el franquiciado.

-La organización del contrato de franquicia se basa en la explotación de un negocio a través de los siguientes activos derivados de la propia marca:

1.- Reconocimiento de la marca como especializada en un determinado producto o servicio.

2.- Valor de marca como medio identificativo de un producto o servicio concreto.

3.- Señal distintiva de un método y formato de negocio determinado.

4.- Símbolo del negocio reconocido por un determinado mercado.

5.- Conceptualización de un oferente de servicios o productos concreto y determinado, distinto de su competencia.

-La marca en un contrato de Franquicia es el objeto central de la cooperación interempresarial entre Franquiciador y Franquiciado y base de la existencia del propio pacto de la Franquicia.

-La identificación del negocio por la marca, es una de las necesidades de protección más importantes para todo Franquiciador, desde los siguientes ámbitos:

1.- Protección jurídica de la marca

2.- Protección comercial de la identificación servicio o producto-marca

3.- Protección comercial de la exposición pública de la marca

4.- Protección de la marca en el desarrollo del negocio.

-Somos expertos en organizar y proteger jurídicamente la identidad corporativa empresarial y adecuar su firma a un proyecto de franquicia. En Bufete Velázquez somos especialistas. Consúltenos.

Copyright© 2017 Bufete Velazquez (Despacho de Abogados en Madrid)

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