–   Para evitar la ejecución de determinadas condenas será necesaria una adecuada tramitación de la suspensión.

–   Es posible la denominada suspensión condicional de las penas privativas de libertad en los casos en los que operen las siguientes circunstancias concurrentes:

            1.- Que la pena tenga una duración no superior a 2 años
            2.- Que el condenado haya delinquido por primera vez
            3.- Que se hayan satisfecho las responsabilidades derivadas del ilícito penal condenado.

–   Las condiciones para la aplicación de la suspensión serán las siguientes:

            a.- Que el condenado no delinca en el plazo fijado por el Juez o Tribunal.
            b.- Que  se de cumplimiento a los deberes u obligaciones adicionales a la pena privativa de libertad.

–   De estas gestiones jurídicas depende en muchas ocasiones la libertad del condenado.

–   Y en manos de una buena defensa penal se encuentra también esa libertad. Confíe en penalistas expertos de Bufete Velázquez

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