Contrato fijo discontinuo

Entre las diferentes duraciones que puede tener un contrato de trabajo, se encuentra la modalidad de fijo discontinuo. Esta se caracteriza por tener a un trabajador de forma ‘fija’, si bien realiza sus labores una parte concreta del año. El Estatuto de los Trabajadores define esta situación de la siguiente forma (artículo 16): El contrato por tiempo indefinido fijo-discontinuo se concertará para realizar trabajos que tengan el carácter de fijos-discontinuos y no se repitan en fechas ciertas, dentro del volumen normal de actividad de la empresa.

Por ejemplo, el uso de este tipo de contrato es habitual en sectores como la hostelería y el turismo (para atender temporada alta en verano, estaciones de esquí en invierno, etc.).

Es importante saber que este contrato se debe formalizar siempre por escrito, pues así lo establece el Estatuto de los Trabajadores. En dicho contrato deberá figurar una indicación sobre la duración estimada de la actividad, así como sobre la forma y orden de llamamiento que establezca el convenio colectivo aplicable, haciendo constar igualmente, de manera orientativa, la jornada laboral estimada y su distribución horaria.  Por otra parte, los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifiquen, la celebración a tiempo parcial de los contratos fijos-discontinuos, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos fijos-discontinuos.

Por otra parte, el contrato fijo-discontinuo puede ser una buena alternativa, pues aunque no se esté trabajando durante todo el año, garantiza cierta estabilidad al trabajador, ya que mientras no esté trabajando podrá cobrar la prestación por desempleo (artículo 267.1d) de la Ley de Seguridad Social) o realizar otra actividad laboral distinta.

Aconsejamos a los trabajadores que tengan dudas con este contrato, que se informen primero con un abogado especializado en Derecho laboral. De esta manera podremos resolver sus dudas y, caso de que la empresa no esté actuando correctamente, tomaremos las medidas legales. En nuestro Despacho de Madrid le atenderemos en todo aquello que precise. Por ello, no dude en llamarnos por teléfono o utilizar nuestro formulario de contacto si necesita más información.

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