¿Qué es una franquicia?


La franquicia es la actividad comercial que se realiza en virtud de un acuerdo o contrato por el que una empresa (franquiciadora) concede a otra (franquiciada) una licencia o derecho a utilizar su nombre, su marca, sus productos, servicios o procedimientos, a cambio de una contraprestación económica.

El franquiciado es propietario de su negocio pero se adhiere a una cadena comercial de la que depende y de la que es titular el franquiciador, sometiéndose al modo de organizar el negocio dado por este.

¿Qué debe regular el contrato de franquicia?

En el contrato de franquicia suelen incluirse, al menos,  los siguientes términos:

  • El derecho de franquicia, canon o derecho de entrada: Es una cantidad fija que el franquiciador exige al franquiciado para poder entrar a formar parte de la cadena.
  • El canon de explotación: Es la cantidad periódica que el franquiciado tendrá que pagar una vez que el negocio esté en marcha, y mientras dure su vigencia.
  • El derecho o canon de publicidad: Es un pago anual que el franquiciado debe abonar en concepto de gastos de publicidad.

¿Qué obligaciones principales tienen franquiciador y franquiciado?

 
Los contratos de franquicia son generalmente libres y pueden incluir una gran variedad de cláusulas.

No obstante, y dependiendo de la normativa aplicable, éstas son algunas de las condiciones que suelen aparecer con más frecuencia en estos tipos de contratos.

1.    Identificación de las partes: franquiciador o franquiciante (titular de la franquicia) y franquiciado (entidad que desea explotar el negocio).

2.    Identificación del objeto del contrato (productos o servicios franquiciados).

3.    Transferencia del saber hacer o know-how.

4.    Obligaciones sobre el establecimiento y el personal.

5.    Obligaciones respecto de las marcas cedidas.

6.    Obligaciones de compra únicamente al franquiciador, al menos, en los elementos esenciales del contrato.

7.    Disposiciones sobre precios recomendados de reventa de los productos o servicios.

8.    Disposiciones relativas a la exclusividad, territorio y relaciones con otros franquiciados de la red.

9.    Obligaciones de las partes respecto a la publicidad de la marca y la franquicia.

10.    Disposiciones sobre la duración del contrato, su terminación, el preaviso y las condiciones para después de su extinción (cláusulas de indemnización por daños o por clientela).

11.    Cláusulas generales sobre notificaciones entre las partes, legislación aplicable y tribunales competentes para resolver conflictos.
 
¿Qué duración debe tener la franquicia?

El contrato de franquicia tiene la duración que en cada caso acuerden las partes, destacando que los plazos deben perdurar en el tiempo para amortizar adecuadamente las inversiones iniciales

Cada marca franquiciadora establece libremente dentro de las condiciones de acceso a su firma, unas condiciones temporales, que suelen respetar los plazos determinados para amortizar los costes de inversión.

¿Qué valor tiene la marca franquiciada?


El franquiciado, a través del contrato de franquicia, compra el valor comercial de una marca, y los derechos asociados a la misma (fondo de comercio, valor de marca, posición en el sector, ámbito de control zonal etc…)

La utilización de la propia marca, es un derecho básico de la franquicia, por lo que uno de los conceptos que integran el pago del canon es justamente el uso privativo de un derecho ajeno: la marca comercial del franquiciador, lo que generará ventas e ingresos empresariales lucrativos al franquiciado.

¿Qué obligaciones tiene el franquiciador?


Estas son las obligaciones principales de todo franquiciador:
 
o    Disponer de una marca, producto o servicio debidamente registrado e introducido en el mercado con éxito probado y fácilmente transmisible.
o    Saber transmitir a sus franquiciados el know-how de la franquicia.
o    Contar con la infraestructura suficiente para proporcionar el servicio adecuado a las necesidades de cada franquiciado.
o    Disponer de conocimiento de gestión sobre los últimos avances, tanto a nivel técnico como de marketing.
o    Conocer las diferentes zonas geográficas para la concesión de la franquicia.
o    Capacidad financiera y solvencia profesional.
o    Contar con empresa piloto (o "buque insignia" de la firma) que demuestren la rentabilidad de la franquicia al franquiciado.
o    Tener el correspondiente manual operativo que garantice el éxito comercial y económico de la transacción.
o    Disponer de capacidad para proporcionar exclusividad de zona.
o    Garantizar a sus franquiciados unos servicios permanentes de seguimiento, comunicación interna, investigación, apoyo y marketing.
o     El franquiciador deberá otorgar a los franquiciados un precontrato en el cual se estipulen todos los gastos, obligaciones y derechos que deberán cumplir las dos partes antes de firmar el contrato definitivo de franquicia.

¿Cuales son los derechos básicos del franquiciador?

a.    Exigir que el franquiciado sigua estrictamente los métodos y sistemas marcados por el franquiciador. Para la explotación comercial
b.    Aceptación por parte del franquiciado de cuáles son los productos que puede vender y en las condiciones que puede hacerlo
c.    Que se mantenga la confidencialidad de las informaciones transmitidas.
d.     Que se respeten las normas establecidas para el acondicionamiento y mantenimiento del local en los parámetros de la firma
e.    A designar los métodos publicitarios y promocionales para toda la red.
f.    Que el franquiciado respete las fuentes de suministro homologadas y los pagos a efectuar al franquiciador en las condiciones que se pacten.

¿Hay bases de actuación en toda franquicia?


Sí. Existen unos principios rectores de todo contrato de franquicia.
El Franquiciador inicia una Cadena de establecimientos franquiciados, constituida por él mismo y sus Franquiciados, en la que debe velar por su continuidad  

Para ello, el Franquiciador debe:

a) Haber puesto a punto y explotado con éxito un concepto durante un tiempo
razonable y, al menos, en una unidad piloto, antes del lanzamiento de la cadena  
b) Ser titular de los derechos sobre las marcas de distinción entre la clientela: y signos distintivos o  rótulos comerciales
c) Aportar a sus Franquiciados una formación inicial e, igualmente una asistencia comercial y/o técnica continuada durante toda la validez del contrato.

Así mismo el Franquiciado debe:

a) Esforzarse para conseguir el desarrollo de la cadena de Franquicias y el mantenimiento de la identidad común y su reputación.
b) Proporcionar al Franquiciador las bases operacionales con el fin de facilitar la determinación de los resultados y los estados financieros requeridos para la dirección de una gestión eficaz. El Franquiciado y/o sus delegados a tener acceso a su local y a su contabilidad durante horas razonables.
c) No divulgar a terceros el "know how" proporcionado por el Franquiciador, ni durante ni después de la finalización del contrato  

Ambos, Franquiciador y Franquiciado deben respetar, continuadamente, las siguientes obligaciones:

a) Actuar de forma justa en sus relaciones mutuas. El Franquiciador advertirá por escrito al Franquiciado de toda infracción del contrato y le concederá, si está justificado, un plazo razonable para su reparación.
b) Resolver sus quejas y litigios de forma leal y con buena voluntad, mediante la comunicación y la negociación directas.

¿Qué es el Registro de Franquicias?  

 
El registro de franquiciadores es un Registro Público que incluye aquellas franquicias que pretenden desarrollar su actividad en más de una comunidad autónoma.

Este registro depende de la Secretaría General de Turismo y Comercio que es la encargada de velar por su actuación.

 Fue creado con el fin tener un control, por parte de la administración pública, de las empresas que ejercen su actividad bajo la fórmula de la franquicia y pretende velar por el buen funcionamiento del sistema.

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