El Plan de Parentalidad es una especie de Programa de actuaciones con los hijos, tras el divorcio de sus padres. No está regulado en el Código Civil español.
Sin embargo en Catalunya es obligado aportar el denominado Plan de Parentalidad a los convenios reguladores de divorcio.
Es un medio eficaz para regular todos los aspectos concernientes a los hijos menores y su relación con los padres, resto de la familia, el colegio, otras personas, etc.).
Contenido general de un plan de parentalidad
- El lugar o lugares donde vivirán los hijos habitualmente. Se deben incluir reglas que permitan determinar a qué progenitor corresponde la guarda y custodia en cada momento
- Las tareas, obligaciones y funciones de cuidado y protección de los hijos tascas de las que se debe responsabilizar cada progenitor en todo lo cotidiano de los hijos
- El sistema en que debe hacerse los cambios de guarda, custodia, estancias o visitas
- La manera de gestionar y soportar los gastos que estos cambios de custodia, estancia o visitas puedan generar
- El régimen y sistema de relación y comunicación con los hijos durante el periodo en que un progenitor no los tenga en su compañía
- El régimen de estancias y relación de los hijos con cada uno de los progenitores en periodos de vacaciones y otras fechas importantes para los hijos, los progenitores o su familia (cumpleaños, dia de reyes, santos, días del padre o madre, etc.)
- El tipo de educación y las actividades extraescolares, formativas y de ocio
- Sistema de compartir toda la información sobre la educación, la salud y el bienestar de los hijos
- La manera de tomar las decisiones relativas al cambio de domicilio, así como de otras cuestiones relevantes para los hijos
- Determinaciones en referencia a franjas de edades de los hijos, evolución de las obligaciones y responsabilidades y sistema de adecuación, adaptación y posible modificación consensuada
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