La custodia compartida es aquella donde ambos progenitores tienen el deber de cuidar y velar por el niño, manteniéndolo en su compañía durante el tiempo que se haya establecido para cada uno.
Existen casos donde ambos progenitores viven en ciudades o incluso países diferentes. En estas circunstancias ¿es posible establecer la custodia compartida? Los Tribunales se han posicionado afirmativamente con respecto a esta pregunta, de forma que el vivir en dos lugares distintos no es de por sí un motivo para que la custodia se establezca como exclusiva. Ahora bien, lo que sí deberá tenerse en cuenta es cada caso en particular y adoptar una decisión que sea viable para todos los miembros, teniendo siempre presente el interés superior del niño.
En estos casos el Tribunal deberá decidir los periodos de estancia con uno u otro progenitor, indicando además quién se hará cargo de los gastos de desplazamiento (cuando fuera necesario). Algunas soluciones que se pueden adoptar son las siguientes:
- Rotación de turnos entre los padres, por ejemplo cada semana o cada 15 días.
- Que el niño pase el curso escolar con uno de los progenitores y las vacaciones de verano con el otro. Esta solución podría ser adecuada si los padres viven en distintos países o muy alejados entre sí.
- Otras opciones.
Queremos recordar que esta decisión deberá venir indicada en el Convenio Regulador y ambos progenitores deberán cumplirla. Si existen dudas o surge algún cambio es importante consultar primero con un abogado de familia, para que en su caso inicie un procedimiento de modificación de medidas. En ningún caso se recomienda incumplir el régimen de visitas o sacar al niño del país sin el consentimiento del otro progenitor.
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