Las causas que motivan un divorcio pueden ser muy variadas. El divorcio puede ser de mutuo acuerdo, es decir, ambos cónyuges están conformes con llevarlo a cabo, o bien pueden iniciarse a instancias de una sola de las partes.
La infidelidad es uno de los motivos más habituales para el divorcio. Por infidelidad entendemos la relación extramatrimonial que uno de los cónyuges pudiera mantener o hubiera mantenido con otra persona.
Es necesario aclarar que la infidelidad no es sancionable desde el punto de vista legislativo, ni desde el punto de vista penal, ni desde el divil.
En realidad, para instar el inicio del proceso de divorcio, no es necesario alegar ninguna causa, sea la infidelidad u otra. El único requisito necesario será el relativo al tiempo que ha debido transcurrir desde la celebración del matrimonio hasta la presentación de demanda de divorcio: 3 meses.
La falsa creencia de que la infidelidad pudiera traer una serie de consecuencias legales se debe a que hace unas décadas, en concreto hasta 1978, el adulterio era penalizado, y el propio Código Civil impedía que las personas condenadas por adulterio pudieran volver a casarse.
¿Qué sucede si el matrimonio tiene hijos en común?
Que uno de los cónyuges mantenga una relación extramatrimonial no influye de por sí en la custodia de los hijos, salvo que las circunstancias de esta relación pudieran afectar, de forma objetiva, al cuidado de los menores, en cuyo caso el Juez lo tendrá en cuenta durante el proceso de divorcio.
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