SE APRUEBA LA NUEVA NORMATIVA PARA LA RESOLUCIÓN VOLUNTARIA DE CONFLICTOS

Edita: Gabinete de Comunicación Bufete Velázquez 27. Editor César Tomás Martín, Socio Director.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de Mediación Civil y Mercantil, con el que se da cumplimiento a la Directiva Comunitaria de 21 de Mayo de 2008, a través del cual se pone a disposición del ciudadano un medio de solución de conflictos eficaz y económico, de carácter voluntario. El Real Decreto Ley de Mediación Civil y Mercantil excluye expresamente la mediación penal, laboral, la de consumo y con las Administraciones públicas, de acuerdo con el ámbito de aplicación de la mencionada Directiva.

La mediación se define como una forma voluntaria de resolución de conflictos entre dos partes con la ayuda de una tercera persona, cualificada, imparcial y neutral que les guía y aconseja en la consecución de un acuerdo por sí mismas. De este modo, y a diferencia del arbitraje, el mediador tan sólo puede aconsejar, ya que la toma de decisiones corresponde por entero a las partes en conflicto.

Será el propio Juez el que en ocasiones, atendiendo a la naturaleza del litigio, considere que la mediación es un modo más económico y ágil para la solución del mismo, y de este modo inste a las partes a que acudan a una sesión informativa sobre dicho mecanismo. Esto va a suponer un gran desahogo a la jurisdicción ordinaria, que verá reducido el número de conflictos que llegan a sala. Además, el cumplimiento voluntario de estos acuerdos es muy superior al cumplimiento de sentencias y laudos.

Edita: Gabinete de Comunicación Bufete Velázquez 27. Editor César Tomás Martín, Socio Director.

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