La separación matrimonial es el acto mediante el cual los miembros de un matrimonio deciden finalizar su convivencia y comenzar su vida de forma individual.
A diferencia del divorcio, el proceso de separación finaliza el vínculo matrimonial, lo que implica que si uno de los miembros de la pareja desease contraer matrimonio de nuevo no podría, a no ser que iniciase el proceso de divorcio.
Aunque es posible que se dé una separación de hecho, que no implique un procedimiento judicial de por medio, es aconsejable siempre acudir a esta vía judicial, ya que de esta forma por ejemplo se liquida el régimen económico matrimonial, lo que impediría que posteriormente uno de los miembros de la pareja tuviera que responder por posibles deudas del otro.
Por tanto, lo más aconsejable es tramitar la separación a través de un proceso judicial.
De esta forma figurará por escrito de qué forma se va a repartir el patrimonio y qué tipo de relaciones respecto a los hijos en común se darán una vez finalizada la convivencia.
Para llevar a cabo la separación tenga en cuenta que han debido transcurrir al menos tres meses desde que se celebró el matrimonio. Será necesario presentar una demanda de separación a la que se le adjuntará un documento denominado Convenio regulador.
Se trata de un documento dónde quedan reflejados todos los acuerdos que alcance la pareja relativos tanto al patrimonio como a los hijos, es decir, la custodia, la pensión de alimentos, regímenes de visitas así como el uso del domicilio familiar.
En las separaciones de mutuo acuerdo estos acuerdos se alcanzan de forma consensuada entre la pareja por lo que tanto la redacción como la propia tramitación de la separación son mucho mas sencillas ya que incluso la pareja puede llevar al mismo representante legal para llevarlo a cabo.