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Pensión de alimentos hijos mayores de edad

La pensión de alimentos se establece tras un procedimiento de separación o divorcio en el que hay hijos menores, especialmente, si se da el caso de que existe un progenitor custodio y otro no custodio. Esta pensión se irá abonando a lo largo de los años, para pagar los gastos del niño: alimentación, vestido, etc. Pero cuando el hijo cumple 18 años, muchos padres se preguntan qué pasará con la pensión: ¿Hay que seguir pagándola? ¿Debo comunicarlo ante el Juez? Para responder a estas preguntas, recomendamos seguir leyendo.

Según el artículo 142 del Código Civil, en su apartado segundo, ‘Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.’ Por ello, la pensión de alimentos se puede seguir abonando aunque el hijo haya cumplido la mayoría de edad, pues la Ley así lo permite. De hecho esta circunstancia es bastante habitual, por ejemplo si el hijo está cursando estudios superiores y aún no puede mantenerse por sí mismo. Ahora bien, si el hijo no tiene recursos económicos porque no hace nada para evitarlo , entonces podremos solicitar que se reduzca o extinga la pensión.

¿Cómo podemos hacerlo? Solicitando un procedimiento de modificación de medidas, en el cual se modificará el Convenio Regulador. Los Tribunales revisarán la situación y, si determinan que efectivamente el hijo no hace nada por cambiar la situación, podrán determinar que se reduzca la pensión o que no haya que seguir pagándola. Recientemente fue noticia el caso (muy poco habitual) de una mujer de 38 años que reclamaba pensión de alimentos de su padre pensionista. El Tribunal Supremo denegó la pensión, en base a que la demandante se independizó libre y voluntariamente con 18 años, simultaneando diversos trabajos con periodos de desempleo durante más de nueve años. El Tribunal también señalaba que existía una actitud de desidia de la demandante, quien quien «pudiendo desempeñar distintos trabajos y afrontar sus propias necesidades, optó por recurrir a su padre, quien además ya tenía a otra hija a cargo.

Si bien este es un caso anecdótico, existen muchas Sentencias donde los Tribunales reducen o extinguen la pensión de alimentos por causas similares.

En todo caso, si tiene alguna duda, recuerde que puede contar con nuestro equipo de abogados matrimonialistas y de familia. Solo tiene que pedir cita con nuestro Despacho de Madrid y le atenderemos gustosamente.

 

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