El Juzgado Nº1 de Cambados dictó la primera sentencia favorable a un cliente que adquirió participaciones preferentes de Novagalicia Banco, a la que condena a devolver al demandante 7.560 euros y le impone las costas procesales

Edita: Gabinete de Comunicación Bufete Velázquez 27. Editor César Tomás Martín, Socio Director

El Juzgado declara nulo el contrato «por error del consentimiento» ya que la entidad aportó al cliente una información «inadecuada, falsa e insuficiente» en el momento de adquirir un producto cuyo «alto riesgo» y falta de liquidez no le fueron comunicados.

El cliente, José Luis Castro Méndez «carece por completo de conocimientos mínimos» en materia financiera, y declara que  «nunca hubiera firmado” el contrato que rubricó en 2008 de haber sabido que vencía el 31 de diciembre de 2050.

 

Este fallo judicial se produce a los pocos días de la presentación, por parte de la Fiscalía Superior de Galicia, de una demanda civil colectiva contra Novagalicia Banco, en la que solicita que se la condene por «prácticas abusivas» en la venta de preferentes y obligaciones subordinadas perpetuas, y solicita como medida cautelar el depósito de 1.108.760.000 euros.

 

El Ministerio Fiscal considera que «un indeterminado número de clientes» de la entidad gallega considerados como «ahorradores ordinarios caracterizados por su aversión al riesgo» no fueron «debidamente informados» conforme dispone la normativa sectorial de inversiones en la contratación de este tipo de productos. Respecto a los casos en que se vendieron preferentes a personas analfabetas, discapacitadas y menores de edad, a través de sus tutores, se han derivado a la vía penal por si se produjo falsedad documental.

 

La entidad financiera argumentó que este cliente había superado el denominado «test de conveniencia», pero la juez de Cambados califica este trámite de «mero test de cinco preguntas estereotipadas» que no acreditan que fuera realmente consciente del tipo de producto que estaba adquiriendo.

 

El demandante decidió recurrir a la justicia ordinaria cuando en octubre de 2011 acudió a su oficina bancaria para retirar los 7.560 euros que le quedaban de lo invertido en las preferentes para realizar unas obras en su casa y en el banco le dijeron que «debido a la situación del mercado» no podía amortizar las participaciones.

 

José Luis Castro Méndez ha relatado que fue él quien pidió que le abrieran una cuenta a plazo fijo para ahorrarse gastos de mantenimiento y no por obtener «altos intereses», a seis meses o un año como máximo, porque quería tener disponibilidad de su dinero por si surgía «una urgencia».

 

En el banco le ofrecieron las preferentes garantizándole incluso por escrito que tendría «disponibilidad inmediata» de los 10.000 euros que invirtió, y sin comentarle «nada de plazos» de más de 50 años, ya que a su edad «difícilmente llegaría» a cumplirlos.

 

Este cliente espera que una vez que la justicia le ha dado la razón «acabe la agonía de una vez por todas», tras «muchas noches sin poder dormir», y que Novagalicia Banco «no recurra la sentencia ante la Audiencia Provincial de Pontevedra ni ande dándole vueltas al asunto». El cliente confía en que su caso abra una vía para que la totalidad de los afectados por las preferentes de la entidad gallega, unos 43.000, recuperen todo su dinero, pues está seguro de que «la mayoría fueron engañados y abusaron de su buena fe, como a mí».

 

Edita: Gabinete de Comunicación Bufete Velázquez 27. Editor César Tomás Martín, Socio Director

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