El régimen económico matrimonial es el conjunto de relaciones y derechos patrimoniales que regirán durante la vigencia de un matrimonio y que determinarán entre otras cosas de qué forma se realiza el reparto de bienes en caso de divorcio o separación.
Debido a su importancia, es importante que la pareja conozca las implicaciones de cada régimen para que de esta forma puedan optar por uno.
En España encontramos mayoritariamente dos tipos de regímenes económicos matrimoniales: el régimen de gananciales y el de separación de bienes.
Régimen de gananciales
El régimen de gananciales viene regulado en los artículos 1344 y siguientes del Código Civil. Su característica principal es que no existe división entre los bienes y/o las ganancias de cada cónyuge y por tanto todos pertenecen a la llamada sociedad de gananciales. A pesar de ellos existen una serie de bienes considerados de carácter privativo, esto es, pertenecen exclusivamente a uno de los cónyuges. Se trata de bienes tales como la ropa, enseres personales etc.
Si llegase la hora de liquidar este tipo de régimen será necesario primero inventariar todos los bienes existentes, así como las deudas, que deberán ser liquidadas, para posteriormente proceder con el reparto equitativo de lo que quedase.
Régimen de separación de bienes
El régimen de separación de bienes sería justo lo contrario, y por tanto todos los bienes y ganancias de cada cónyuge pertenecerían a cada uno por separado. La ventaja es que si es necesario liquidar este régimen, el proceso será mucho más sencillo puesto que cada cónyuge se quedará con sus pertenencias, sin necesidad de dividirlas.
La decisión de qué régimen económico se elige como es lógico corresponde a la pareja aunque recomendamos que, ante la duda, esta sea asesorada por abogados expertos que les explicarán las implicaciones de cada uno.
Desde nuestro despacho de abogados de Madrid podremos asesorarle acerca de en qué consiste cada uno así como las ventajas e inconvenientes de cada régimen. No dude en contactarnos para solicitar asesoramiento por parte de un abogado matrimonialista.