Despido de mujer embarazada

Muchas mujeres se preguntan si es posible ser despedidos por su empresa cuando esta tiene conocimiento del embarazo. La realidad es que legalmente sí es posible despedir a una mujer embarazada, siempre y cuando las circunstancias que motiven dicho despido sean demostrables y por supuesto que estas no tenga que ver son su situación de embarazo.

Hay que recordar que despedir a una mujer embarazada por dicho motivo se consideraría un motivo discriminatorio y por tanto sería totalmente nulo. Desafortunadamente, la realidad actual indica que se producen despidos causados por el embarazo de la mujer, por lo que la trabajadora puede reclamar a través de la Jurisdicción de lo Social, debiendo demostrar la verdadera causa del despido, o, que las causas alegadas por la empresa, no se han producido y por tanto este no está justificado.

Cualquier despido debe estar correctamente documentado y llevarse a cabo cumpliendo todos los trámites necesarios en cuento a forma y contenido. En concreto, el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores determina que se considerarán nulos todos los despidos originados por alguna de las siguientes causas: durante la suspensión del contrato por maternidad, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento, paternidad, riesgo durante el embarazo o la lactancia natural, enfermedades derivadas del embarazo, parto o lactancia natural o aquellos notificados en una fecha en la que el plazo de preaviso concedido finalice durante algunos de los periodos mencionados.

Lógicamente, las empresas que despidan a sus trabajadoras por causa del embarazo, no van a alegar esta como tal, puesto que contraviene la ley, y por ello utilizan otro tipo de justificaciones como faltas de puntualidad, desobediciencia etc.

En estas situaciones, la trabajadora despedida debe acudir a la Jurisdicción de lo Social para demostrar que las causas alegadas no son ciertas. Si el Juez considera como no probadas dichas causas, declarará el despido como nulo, lo que supone en la práctica la readmisión de la trabajadora en su antiguo puesto, además del cobro de los salarios que dejó de percibir mientras estuvo en situación de despido.

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