Causas de la nulidad eclesiástica

A la edad mínima para casarse se le conoce también con la expresión de edad núbil, y como su propio nombre indica, hace referencia a la edad mínima con la que una persona puede contraer matrimonio de forma válida por razón de su edad. Pese a que parece una cuestión sencilla, lo cierto es que existen algunas consideraciones legales que han ido cambiando con el paso del tiempo y que conviene conocer.

La edad para contraer matrimonio en España, hasta hace algunos años, era a partir de los catorce años. Efectivamente, las personas menores de edad pero mayores de catorce podían obtener una dispensa para casarse (la llamada dispensa de edad), o bien declarar que el menor se hallase emancipado. Esta edad era una de las más bajas de Europa, de forma que el Comité sobre los Derechos del Niño de la ONU y el Consejo de Europa habían solicitado a España que se elevase dicha edad. En línea con lo anterior, la edad legal mínima para mantener relaciones sexuales se encontraba establecida en los trece años, siendo también muy baja en relación a los países de nuestro entorno.

Así pues, en 2015, la Ley de Jurisdicción Voluntaria introdujo una importante novedad: solo sería posible contraer matrimonio cuando se hubieran alcanzado, al menos, los dieciséis años. El Código Penal también fue adaptado, en sincronía con esta Ley, para que la edad mínima permitida para mantener relaciones sexuales fueran los dieciséis años, aunque se permitió una excepción: no se considerará delito cuando la otra persona sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez.

De este modo, tanto la edad núbil en España como la edad de consentimiento sexual fueron elevadas, ofreciendo así una mayor protección a los menores.

En definitiva, podemos concluir que si bien no es necesario ser mayor de edad para casarse con arreglo a la legislación española, sí que será necesario haber cumplido los dieciséis años. Asimismo, se deberá obtener una dispensa judicial, o bien realizar un procedimiento para que el menor sea declarado como emancipado. Como se trata un tema de gran importancia, recomendamos que en caso de duda se acuda a un abogado especializado, pues podrá informar a las personas interesadas y a sus padres de todo lo que necesiten saber. Por ello, nuestro Despacho de Madrid está a disposición de todas las personas que necesiten asesoramiento jurídico en materia de Derecho de familia.

 

 

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